ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ALBA DE TORMES A COMIENZOS DEL SIGLO XVIII
Jesús Gómez Criado
I.-RELACIONES ENTRE EL MUNICIPIO DE ALBA Y LA MONARQUÍA. (Leer)
II.- RELACIONES ENTRE EL MUNICIPIO Y EL DUQUE DE ALBA.
Se hacen patentes las relaciones de señorío y vasallaje entre el Duque y la Villa y Tierra en la toma de posesión de un nuevo Duque a la muerte de su antecesor. Esta toma de posesión la realiza el nuevo Duque a través de un podatario, que, normalmente, es el contador y administrador principal del Duque en Alba, quien se presenta ante el Ayuntamiento, reunido en pleno, con dicho poder otorgado por el Duque. El Concejo lo reconoce y acepta como duque y señor, recorriendo seguidamente las dependencias de los distintos edificios públicos en señal de posesión.
1.- Toma de posesión del nuevo duque:
A finales del año 1701 muere el Duque D. Antonio Álvarez de Toledo. Le sucede D. Antonio Martín Álvarez de Toledo, quien en 1703 es nombrado embajador en Francia por el rey Felipe V. Al marchar a París, nombra a D. Antonio de Castro, residente en Madrid, “gobernador y administrador de sus estados, con plena jurisdicción, mano y autoridad para conferir y amober qualesquier puestos y oficios seculares y presentar los eclesiásticos, despachar jueces de visitas y residencias y generalmente para todas las dependencias, casos, causas, negocios y estados de dicho excmo. sr.” El Ayuntamiento recibe dos copias de este nombramiento, reconoce a D. Antonio de Castro por gobernador de los estados del Duque y “prometen obedecer, cumplir y guardar y hacer poner en debida ejecución en todo lo que conforme a derecho fueren sus órdenes y mandamientos, sin excusación ni contravención alguna”.
En 1711 llegan noticias a Alba de que la salud del Duque en París se halla quebrantada. El Ayuntamiento nombra una comisión entre sus miembros para que se haga una rogativa, sacando en procesión al Santo Cristo de san Jerónimo, para pedir por la salud del Duque. Sin embargo, el 27 de mayo de dicho año muere en París D. Antonio Martín Álvarez de Toledo sin dejar descendencia. Se nombra una nueva comisión para adoptar medidas de duelo. Se acuerda dar el pésame a D. Francisco Álvarez de Toledo, marqués del Carpio, tío del Duque fallecido, sucesor legítimo en la Casa, estados y mayorazgos, de Alba.
El nuevo Duque toma posesión de sus “estados” a través de un podatario, el contador principal del estado de Alba, D. Diego Núñez de Gamarra, que reside en Alba y que ha sido nombrado para dicho cargo por el nuevo Duque unos días antes.
Dicho podatario se presenta ante el Ayuntamiento, reunido en pleno, con el poder otorgado por el nuevo Duque. Los señores consistoriales acordaron y resolvieron “que debían reconocer según reconocen a dicho Excmo. Señor Marqués del Carpio por legítimo sucesor de la casa y estados, vacantes por muerte y falta de sucesión de dicho Excmo. Señor Duque, mi señor”. Le dan posesión del señorío y vasallaje de la Villa y su Tierra, obligándose a “contribuir y pagar todos aquellos derechos, pedidos y tributos que por fuero, estilo, costumbres y por otros qualesquier títulos acostumbraron pagar a sus excmos. progenitores”.
En el acta de posesión se describe pormenorizadamente la fórmula de dicha posesión: se hace entrar a la Sala Consistorial al podatario, se le da asiento en el lugar prominente “que corresponde al señor excmo. en silla con estrado”. Después se le acompaña a recorrer las distintas dependencias del Ayuntamiento, de la Audiencia y de la cárcel y “a todos los demás actos de posesión que desde aquí se continuaren y que se le restituya al Palacio donde tiene su quarto dicho podatario, observándose con él, mediante su representación, lo que con su Exca. se debiera hallándose personalmente presente”.
2.- Funciones del Duque en relación con el municipio:
a) Nombramiento de los oficios concejiles más importantes: corregidor, regidores, mayordomo de propios y depositario general de la Villa, alguacil mayor, escribano del Ayuntamiento, escribano de la Audiencia, ministro numerario de la Audiencia, padre y defensor de menores, procurador de causas (lo nombraba indirectamente, ya que el oficio se arrendaba y al procurador de causas lo nombraba directamente el arrendador, pero a éste lo elegía el Duque), fieles (de entre los propuestos anualmente por el Ayuntamiento). Aunque el procurador del común era elegido democráticamente por los vecinos de la Villa, en una ocasión tiene el Duque que ratificar la elección, pues el elegido había sido un noble y no era, por ello, aceptado por el Ayuntamiento.
b) Nombramiento de los oficios de la Contaduría: contador principal y el de depositario de los sexmos de la Tierra.
c) Resuelve los conflictos que surgen entre los sexmos y la Villa.
Así sucede cuando los sexmeros solicitan reiteradamente al Ayuntamiento la separación en la Alhóndiga de los granos que aportan la Tierra y la Villa y su administración por los sexmeros. El Ayuntamiento se niega siempre a dichas peticiones. Ante ello, los sexmeros se dirigen al Duque, quien accede a todas sus peticiones.
d) Resuelve los conflictos entre el gremio de cosecheros y el de ganaderos.
Así ocurre cuando el gremio de cosecheros escribe al Duque quejándose de que algunos ganaderos (uno de ellos era el contador principal de la Contaduría del Duque en Alba y otro era regidor) intentan despojarlos de la posesión en que se encuentran de los pastos de las viñas en virtud de privilegios reales y de los duques. El Duque contesta mandando que sigan guardándose dichos privilegios del gremio de cosecheros.
3.- Tributos que pagan la Villa y Tierra al Duque.
A la Contaduría del Duque en Alba se pagaban las alcabalas por la venta del vino, la carne y el tocino. Todos los años se sacaban a subasta para su arrendamiento.
Generalmente se recaudaban cada dos años, arrendando su recaudación con el 6% como salario. Si nadie lo arrendaba, se comisionaba a dos miembros del Ayuntamiento, con el mismo salario.
En alguna ocasión no se cobran las alcabalas para facilitar la venta de alguno de estos productos, como ocurre con el vino vendido a cántaros en 1714. A veces se tardaban varios años en recaudarlas. Una vez son embargados los tributos reales por el contador principal del Duque por el retraso que existía en el pago de las alcabalas. En otra ocasión el Duque no accede a la petición que le hace el Ayuntamiento de una merced de 10.000 mrs. cada año sobre las alcabalas en la venta del pan, merced otorgada por el Duque D. García. Remite el Duque a su contador, “por quien se os dirán los motivos que hay en contra”.
Próximamente
III.- CARGOS DE GOBIERNO DEL MUNICIPIO